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Calamidad doméstica

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Monto hasta dos (2) veces el valor de sus aportes y ahorros permanentes, tasa preferencial de acuerdo al plazo:

Hasta 36 meses 0.90%

CONDICIONES

Se otorga al asociado que ha sufrido una adversidad o un hecho que lesiona su integridad física o moral, con el propósito de subsanar en alguna proporción los efectos del evento doloroso.

MONTO: Hasta dos (2) veces el valor de los aportes sociales más ahorros permanentes, menos el saldo de cartera, sin superar los 15 S.M.M.L.V.

PLAZO: El plazo máximo será de treinta y seis (36) meses, aplicando las siguientes condiciones:

TASA DE INTERES:  0,90%  

Esta línea de crédito se otorgará únicamente en los siguientes casos:
  • Fallecimiento del cónyuge, compañera, hijo o familiar hasta el segundo grado de consanguinidad.
  • Para los pagos de hospitalización, cirugías, rayos X, exámenes o afines, tratamientos médicos y odontológicos o compra de drogas del cónyuge, compañera legalmente reconocida, hijo o familiar a su cargo hasta segundo grado de consanguinidad.
  • Por grave calamidad doméstica, producida por causas accidentales o naturales, como son: incendio en su vivienda o lugar de residencia, inundaciones, tormentas, terremotos, accidentes de tránsito, reparación de automóvil propio o de terceros u otros similares debidamente comprobados.
  • Por robo o hurto en su residencia o lugar de habitación, de sus muebles y enseres, debidamente comprobado.
  • Aquellos eventos que no están en las categorías anteriores pero que representan grave daño personal o familiar debidamente comprobado, analizado y aprobado por el Comité de Crédito.

LATAMFECOL

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